Auxilio de Calamidad
En circunstancias de dificultad nos solidarizamos entregando un aporte que se asigna de acuerdo con la clase de calamidad.
Comprende situaciones como:
- Enfermedad del asociado(a), cónyuge, Hijos que dependan económicamente hasta de 18 años, a menos que sean inválidos en cuyo caso no importa la edad. Padre que dependa económicamente del asociado(a).
- Muerte del asociado(a), cónyuge, Hijos que dependan económicamente hasta de 18 años, a menos que sean inválidos en cuyo caso no importa la edad. Padre que dependa económicamente del asociado(a). Teniendo en cuenta que para este fin está el amparo del Servicio Funerario.
- Otros eventos calamitosos: Serán estudiados en reconocimiento, monto y fecha de desembolso por el Comité de Bienestar Social. Toda solicitud tendrá un plazo máximo de treinta días calendario después de sucedido el hecho y se evaluará, previa presentación de la documentación respectiva que demuestre la eventualidad.
Requisitos:
- Diligenciar el formulario en su totalidad
- Documentación de soporte del hecho calamitoso.